martes, 14 de enero de 2014

TRIBUTO A PEDRO PÉREZ DÍAZ

Con ocasión del descubrimiento de un busto suyo el 14 de enero de 2014

Pedro Pérez Díaz nació en La Palma, en la Villa de Mazo, en 1865 y falleció en Madrid en 1930. El macense fue durante casi cuarenta años letrado del Consejo de Estado, donde desarrolló toda su carrera administrativa y donde llegó a desempeñar los cargos de letrado mayor de Sección y consejero permanente interino, no siendo también secretario general por voluntad propia. Fue, además, un publicista y sociólogo de fuste, persuadido siempre del pensamiento krausista, como aventajado discípulo de Giner de los Ríos, Gumersindo de Azcárate y de su propio suegro, el que fuera presidente de la I República, Nicolás Salmerón. Publicó varias monografías de carácter científico en las que mostró, aparte de su altura intelectual, cierto reformismo de base armonicista, una honda preocupación social y un avanzado regionalismo. Pero hoy homenajeamos su figura por algo más concreto.

Pedro Pérez Díaz fue una figura capital tanto en el nacimiento de los cabildos insulares como en su regulación inicial recogida en la Ley de 11 de julio de 1912 y en el Reglamento provisional de 12 de octubre del mismo año.  Y lo fue no solo como activo paladín de los mismos sino también como estudioso concienzudo y riguroso. Desde agosto de 1906 (con una serie de artículos que publicaba el diario republicano tinerfeño El Progreso), el letrado palmero defendía la existencia de un organismo administrativo insular que prestase carácter de unidad a las aspiraciones y a la vida de relación de cada isla. Esta propuesta no la encontramos tan tempranamente enunciada en ninguno de los prohombres que luego coadyuvaron al nacimiento de los cabildos actuales. Hasta entonces solo la división de la provincia era sugerida o directamente formulada como solución al problema de Canarias. Este planteamiento de autonomía insular lo confirmaba Pérez Díaz en su trabajo La cuestión regional y la autonomía, impreso en 1908,  así como en los artículos sobre la “Solidaridad canaria” que vieron la luz en diciembre del mismo año, donde admitía, subsidiariamente, su composición por sufragio universal.  Entonces afirmaba: "Se nota la falta, dentro de cada isla, de un organismo que resuma su propia vida, que represente en vivo su propia unidad, que sea el resumen concertado de todos sus intereses municipales".

Pedro Pérez Díaz participó decisivamente de la “comisión” permanente, de residentes en Madrid, que los tinerfeños constituyeron en noviembre de 1908 para interceder a favor de las aspiraciones regionalistas por las que se había pronunciado la asamblea de Tenerife. Aquel grupo estaba compuesto, entre otros, por Juan de Urquía, Antonio Domínguez Alfonso, Luis Maffiote, los condes de Torrepando y Belascoain, el marqués de Casa Laiglesia, Félix Benítez de Lugo o Manuel Delgado Barreto. El concurso de Pérez Díaz en el seno de aquella “comisión”, en especial, tras la publicación del decreto Moret en noviembre de 1909, fue extremadamente activo, interviniendo en la entrevista con el presidente del Gobierno, al que conocía bien (por su pasado institucionista), y por momentos determinante. Fue el miembro de la ponencia que se encargó de redactar la propuesta de bases que sirvió de boceto al cuestionario que el Gobierno Canalejas incluiría en la información pública que luego abriría en abril de 1910. A esta iniciativa obedeció que las preguntas del cuestionario abundaran sobre la personalidad insular y los organismos que deberían establecerse para su implementación, uno de los mayores reproches de los divisionistas grancanarios. Al tiempo, el mazuco vertía sus aspiraciones autonomistas en un ensayo denominado "Manifiesto a los habitantes de la isla de La Palma" (publicado en diciembre de 1909), que puede considerarse el precedente inmediato de El problema canario. En este manifiesto, los miembros del organismo insular eran elegidos por sufragio universal y aseguraba que no había más remedio que entregar a cada isla lo suyo, para que fuera cada una la que resolviera sus propios problemas de tipo insular.

Pérez Díaz fue asimismo el promotor de la importante asamblea de La Palma de 6 de noviembre de 1910, en la que la opción por los cabildos resultó sólidamente argumentada. En verdad, nuestro personaje pretendía celebrar hasta tres asambleas en la isla, una de ellas convocando a las islas menores, que sólo las desgracias familiares y la escasez de tiempo se lo impidieron. Pero el ritmo frenético de sus movimientos, su insistente autonomismo, pone de manifiesto un activismo permanente y celoso en pro de esta solución que, incluso, llegó a molestar al gobernador civil, Antonio de Eulate, que lo tachó de agitador y ambicioso y de hablar de una autonomía de la que desconocía su significado y el mal efecto que causaba aún en la opinión pública. En este estadio, Pérez Díaz publicó su opúsculo El problema canario, casi un “anteproyecto” de la Ley de 11 de julio de 1912, que suponía su ponencia original elaborada para la contestación del cuestionario inserto en la información pública abierta por R.O. de 16 de abril de 1910, donde refiriéndose al cabildo, aseguraba: "Es este un organismo de necesaria existencia en todas y cada una de las islas, si no ha de difuminarse y perderse la propia personalidad de ellas".

Más tarde nos encontramos con su intervención, a través de su hermano Alonso, en la asamblea tinerfeña de febrero de 1911, con la intención de desprovinciar” Canarias, a la que, no obstante, remitió una larga y plausible misiva. En dicha carta, el oficial del Consejo de Estado defendía los acuerdos de la asamblea de La Palma concretados en la necesidad de que se consagrase el principio de que cada isla pudiera bastarse a sí misma en sus necesidades legales de carácter estrictamente insular.

Decisiva debe considerarse la participación de Pedro Pérez Díaz en la tramitación de la ley en el Congreso, a pesar de no ser diputado. Debemos tener en cuenta que el proyecto de ley se presentó en la Cámara Baja ausente de toda idea de autonomía insular. En este caso, son suficientemente ilustrativas las palabras de Luis Morote, a raíz de la intervención de nuestro personaje en la información parlamentaria, para dimensionar en sus justos términos la contribución de Pérez Díaz al primer dictamen de la comisión parlamentaria, donde aparecieron por primera vez los cabildos insulares: “Tres cuartas partes, por lo menos, del dictamen en el sentido de la autonomía, de establecer el cabildo insular, se debe[n] a las alegaciones tan justas y atinadas del Sr. Pérez Díaz

Pero quizás una nunca bien ponderada labor “de pasillos”, persuasiva, típicamente krausoinstitucionista, en la que el jurista palmero aprovechaba sus buenas relaciones con diputados y miembros del Gobierno por motivos de toda índole (personales, familiares, políticos, profesionales…), siendo habitual su presencia en el Congreso, puede estimarse aún más determinante, al menos durante este periodo. Desde que el propio conde de Sagasta, Fernando Merino, presidente de la comisión parlamentaria, recurría a él y a Sol y Ortega para valorar la conveniencia de tramitar de manera anticipada la representación electoral de las islas menores, los contactos con los principales protagonistas de la reforma han de presumirse constantes y persistentes (Domínguez Alfonso, Sol y Ortega, Barriobero, Morote, Royo Villanova, Merino, Canalejas…). Esta capacidad para influir en favor de los cabildos llegó a materializarse de forma resolutiva en la enmienda que firmó su mentor y amigo íntimo Gumersindo de Azcárate, que reproducía palmariamente sus tesis y que resulta lógico suponer que se fraguó con el concurso del ilustre jurista de la Villa de Mazo. Sin duda nadie como él estaba tan próximo al egregio sociólogo leonés y catedrático de Legislación Comparada y, al mismo tiempo, tan preocupado por la solución del problema canario. Entretanto, continuó publicando nuevos ensayos en prensa, en los que recordaba que como la personalidad natural de cada isla era un hecho, preciso era que también fuera un derecho, y que provocaron que fuera tildado de “obsesivo” por el diario referente de los divisionistas grancanarios Diario de Las Palmas.

En realidad, su contribución excedió a la mera aprobación de la ley y el reglamento. Su "ultraactividad" en este menester le llevó a entrevistarse con Calvo Sotelo durante el Directorio militar (1925) con el fin de salvaguardar los cabildos de las pretensiones reformistas del nuevo Régimen, que pretendía suprimir alguno de ellos. En consecuencia, la aportación de Pérez Díaz a los cabildos, siendo enjundiosa en su creación, no se limitó a su nacimiento, sino que, una vez constituidos, continuó velando por su mantenimiento y desarrollo hasta su muerte en 1930. Es más, por derivación, su hermano Alonso amplió su contribución hasta su constitucionalización en la Segunda República (1931), en cuya tramitación estuvieron por momentos amenazados su carácter preceptivo y su composición por sufragio universal.

Por fin, del análisis comparado de la regulación primigenia de los cabildos  insulares y de la construcción doctrinal en torno a ellos elaborada por Pérez Díaz, podemos colegir que la configuración jurídica de los cabildos, incluyó gran parte de los planteamientos expresados por el jurista y sociólogo palmero en sus ensayos periodísticos y, en especial, en su opúsculo El problema canario, síntesis de sus tesis autonomista. Es decir, si el primer dictamen en cuanto a la timorata incorporación de los cabildos insulares le debía tres cuartas partes de su configuración, la asunción de la enmienda Azcárate (y parte del desarrollo reglamentario) terminó por convertir la ley de 1912 en una suerte de trasunto de sus planteamientos sobre la autonomía insular y su configuración.

Entonces, su intensa actividad en pro de los cabildos insulares no fue oficialmente reconocida, es de justicia que hoy se haga.  

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